TMEC: Primera queja 2025

WASHINGTON – La Representante Comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, anunció hoy que Estados Unidos ha solicitado a México que revise si a los trabajadores de la Compañía Hulera Tornel, S.A. de C.V., (Tornel), ubicada en la Ciudad de México y en el Estado de México, México, se les está negando el derecho a la libertad de asociación y a la negociación colectiva. Estados Unidos ha suspendido la liquidación de aranceles sobre las mercancías procedentes de la planta de Tornel, especializada en la transformación de caucho en neumáticos. La solicitud, que se hizo en respuesta a una petición, marca la trigésima segunda vez que Estados Unidos ha invocado formalmente el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (RRM) en el Acuerdo Estados Unidos-México-Canadá (USMCA).

«Esto marca el tercer caso de Mecanismo de Respuesta Rápida bajo el acuerdo sectorial de México para la industria del caucho, y sirve como un poderoso recordatorio de la creciente conciencia entre los trabajadores sobre sus derechos y lo que este mecanismo puede hacer por ellos cuando esos derechos no se respetan», dijo la embajadora Katherine Tai. «La Administración Biden-Harris sigue profundamente comprometida a trabajar con el Gobierno de México para garantizar que los trabajadores de esta instalación -y de todo el sector- sean tratados con dignidad y justicia.»

«Todos los trabajadores mexicanos de la industria del caucho merecen las prestaciones íntegras negociadas en el acuerdo sectorial. Cualquier empresa que intente eludir la provisión de estas prestaciones está violando la legislación laboral mexicana y las disposiciones del Acuerdo EE.UU.-México-Canadá», declaró Thea Lee, Subsecretaria Adjunta de Asuntos Internacionales. «Este es el tercer caso RRM en el sector del caucho, y esperamos continuar nuestra colaboración con el gobierno mexicano para asegurar que estos trabajadores reciban lo que les corresponde.»

Antecedentes

El Representante de Comercio de los Estados Unidos y el Secretario de Trabajo copresiden el Comité Laboral Interinstitucional de Vigilancia y Cumplimiento (ILC). El 9 de diciembre de 2024, la CIT recibió una petición RRM del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Compañía Hulera Tornel, S.A. de C.V., Sociedad Anónima de Capital Variable, de la República Mexicana, un sindicato mexicano independiente. La petición alega que Tornel no está aplicando el convenio sectorial (el «contrato ley») que cubre la industria de fabricación de caucho en la instalación y en su lugar está aplicando un convenio colectivo singular (CBA) con beneficios inferiores a los del contrato ley. La CIT examina las peticiones de RRM que recibe, así como la información que las acompaña, en un plazo de 30 días.

Tras llevar a cabo esta revisión, la CIT determinó que existen pruebas suficientes y creíbles de una denegación de derechos que permiten invocar de buena fe los mecanismos de aplicación. Como resultado, el Representante Comercial de los Estados Unidos ha presentado una solicitud al gobierno mexicano para que México revise si a los trabajadores de Tornel se les está negando el derecho a la libertad de asociación y a la negociación colectiva a través del incumplimiento por parte de Tornel de las normas del contrato ley. México tiene 10 días para aceptar llevar a cabo una revisión y, si acepta, 45 días a partir de hoy para completar la revisión.

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