Mayo 2025
Avanza propuesta de Contrato Ley para la Industria Llantera en México
Ciudad de México, mayo de 2025 — Con el objetivo de adaptar las condiciones laborales a las nuevas realidades productivas y sociales del sector, fue presentada una Propuesta de Contrato Ley para la Industria Llantera que busca sustituir al actual Contrato Ley del Hule, vigente en la transformación de productos de caucho.
La iniciativa contempla 129 artículos y 11 transitorios, y representa una actualización significativa tanto en el lenguaje como en las disposiciones laborales. Se reemplazan términos como “trabajador” por “persona trabajadora” y “patrón” por “persona empleadora”, en concordancia con un enfoque de derechos laborales inclusivo.
Principales cambios y beneficios
Entre los beneficios clave para las personas trabajadoras se encuentran:
• Permiso para trabajar en domingo, con una prima dominical mejorada.
• Eliminación del trabajo a destajo, garantizando salario fijo y previsibilidad en los ingresos.
• Fin de la cláusula de exclusión por separación, permitiendo la desafiliación sindical sin pérdida del empleo.
• Igualdad de condiciones laborales en todo el sector y un protocolo obligatorio contra la discriminación y el acoso.
Para las empresas, se facilita la operación continua, particularmente en domingos, y se otorgan certidumbre jurídica y herramientas de planeación salarial, como un índice uniforme de tarifas y la posibilidad de depositar convenios singulares ante el CFCRL.
Modificaciones al contrato vigente
• Se conservan 104 artículos del contrato actual del Hule.
• Se eliminan 25 artículos, principalmente aquellos relacionados con trabajo a destajo, sanciones sindicales, y cláusulas de exclusión.
• Se modifican 31 artículos, adaptándolos a los principios actuales de equidad, transparencia y respeto a los derechos humanos.
• Se agregan 2 artículos nuevos, incluyendo uno transitorio para el diseño de un protocolo de atención contra violencia y acoso laboral.
Visión de fondo
Esta propuesta no solo implica un cambio normativo, sino que busca convertirse en un instrumento de diálogo social tripartita entre trabajadores, sindicatos y empresas, promoviendo condiciones laborales dignas en una industria estratégica que debe operar los siete días de la semana para mantenerse competitiva a nivel global.
La Propuesta de Contrato Ley de la Industria Llantera en México establece con precisión el ámbito de aplicación, delimitando qué industrias y actividades quedan sujetas a este nuevo marco normativo:
Industrias a las que aplicaría el Contrato Ley de la Industria Llantera
1. Industria de transformación del hule para la fabricación de llantas
• Actividad principal: transformación del hule en cualquiera de sus tipos o materiales sustitutos.
• Productos resultantes: llantas, bandas de rodadura y materiales de revitalización.
2. Fabricación de cámaras de llantas
• Incluye la manufactura de cámaras de aire para neumáticos.
3. Fabricación de materiales de hule para reparación de llantas
• Incluye productos como parches, pegamentos, selladores o bandas especiales usados en la reparación o mantenimiento de neumáticos.
4. Actividades conexas o anexas dentro de las empresas
• Como lo señala el documento, el Contrato Ley también será aplicable a todas las actividades industriales anexas o conexas que se realicen dentro de las empresas, cuando estas estén relacionadas con la transformación del hule y la fabricación de llantas o cámaras.
5. Clasificación SCIAN aplicable
• La propuesta se refiere explícitamente a la clasificación SCIAN 326211, que corresponde a:
“Fabricación de llantas y cámaras”
Esto incluye:
• Fabricación de neumáticos para automóviles, camiones, tractores, maquinaria industrial y agrícola.
• Producción de cámaras de aire.
Industrias excluidas
No se aplicaría a empresas cuyo giro principal esté fuera del rubro de fabricación de productos de caucho, ni a aquellas dedicadas exclusivamente a la distribución, venta o comercialización de llantas sin procesos industriales de transformación del hule.
Implicación práctica
Esto significa que este Contrato Ley afectaría a empresas manufactureras que operan en el sector automotriz, transporte pesado, agrícola y minero, siempre que produzcan llantas, bandas o insumos derivados del hule.
Radar laboral ha conversado con diferentes directivos de la industria llantera y ha comentado lo siguiente: “Hemos estado trabajando do en eso las últimas semanas, la verdad es que se ve complicado que se vaya a aplicar porque requieren el consenso de sindicatos y empresas de la industria Está mucho más complicado de lo que la nota periodística señala Primero lo quieren condensar, la STOS está visitando uno por uno a todas las empresas y sindicatos Y nadie está de acuerdo por una o por otra razón”.
Fotos: Michelin, Autocosmos