Las imágenes del concierto de Coldplay en el Gillette Stadium de Boston (EE UU), en las que una pareja de compañeros de trabajo era sorprendida abrazada por la Kiss cam, se han convertido en un fenómeno viral. Andy Byron, director ejecutivo de Astronomer, y Kristin Cabot, jefa de recursos humanos de la misma empresa, reviven el foco del debate no solo por su infidelidad —ambos están casados con otras personas—, sino porque comparten espacio de trabajo. O compartían. Pero, ¿qué hubiera pasado si en lugar de trabajar para una empresa estadounidense lo hicieran para una mexicana? ¿Es un riesgo tener una relación con un compañero de trabajo?
Las legislaciones laborales mexicana y norteamericana se encuentran en extremos opuestos en cuanto al despido. En Estados Unidos es prácticamente libre, con muy pocas excepciones, como razones de discriminación por raza, sexo o religión; o si, en el caso de los amantes de Coldplay, solo se despidiera a una de las partes. Pese a que la normativa laboral dista mucho de un Estado a otro, la mayoría se basa en la doctrina employment at will (empleo a voluntad), que da carta blanca a las compañías para ejecutar estas interrupciones.
De hecho, es bastante habitual que en EE UU los contratos laborales contemplen cláusulas que impidan directamente mantener cualquier tipo de relación con los compañeros de trabajo; muchas de ellas solo las prohíben específicamente entre supervisores y subordinados, por el posible conflicto de intereses o riesgo de favoritismo. Tener relaciones amorosas (y sexuales) en el lugar de trabajo, incluso si estas son consentidas, también se considera un motivo legalmente válido para despedir a un empleado.
En 2019, Steve Easterbrook, alto directivo de McDonald’s fue forzado a presentar su renuncia al descubrirse que mantenía una relación con una compañera, algo que prohíbe tajantemente el código de conducta de la multinacional. De poco le valió haber acumulado 17 trimestres consecutivos de crecimiento durante los cuatro años que estuvo al frente de la compañía.
Otros gigantes norteamericanos como Intel, HP, Texas Instruments o Snapchat también han ejecutado despidos en la misma línea. Muy sonado fue el caso de Jeff Zucker, presidente de la cadena CNN, que renunció a su puesto en 2022 tras revelarse que mantenía una relación con Allison Gollust, jefa de comunicaciones. El no haber informado oficialmente sobre la relación a la compañía supuso una violación de la política interna castigada con el despido.
A pesar de que esta política de recursos humanos se ha expandido por otros países, no ha sido igualmente avalada por la justicia. En México no hay precedentes jurisdiccionales en este sentido.
Causales de despido “derivadas”
En México, el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, no contempla como causal de despido justificado y más bien habría que construir con las consecuencias de dicha relación; por ejemplo tener una relación con un compañero de trabajo, que repercuta directamente y de manera significativa en su desempeño laboral, o en las relaciones jerárquicas que comprometan la imparcialidad o generen conflictos de interés; los supuestos de abuso de autoridad; o los incumplimientos contractuales asociados a la relación. Asimismo podrían configurarse otras causales derivadas si concurren “razones objetivas, legítimas y proporcionadas”, como “la existencia de relaciones jerárquicas directas que puedan dar lugar a conflictos de interés, favoritismo o comprometer la imparcialidad; incumplimientos derivados de la relación, como la filtración de información confidencial; situaciones de trato discriminatorio, acoso; o un deterioro comprobado del clima laboral”.
Asi, las relaciones afectivas o sentimentales entre compañeros de trabajo no constituyen, por sí mismas, causa de despido disciplinario, ya que forman parte del derecho a la intimidad personal es decir que mantener una relación sentimental con un compañero de trabajo forma parte de la garantía de intimidad y dignidad, por lo que no es un motivo válido para un despido.