En los últimos días, han circulado diversas publicaciones con afirmaciones más o menos imprecisas sobre las jornadas laborales de 24 horas de trabajo por 24 horas de descanso; dichas comunicaciones afirman que el tiempo adicional laborado debe considerarse como extraordinario, de conformidad con una jurisprudencia emitida por el Poder Judicial el pasado 08 de agosto del 2025.
La información difundida no refleja con precisión el alcance de dicho criterio jurisprudencial. Por ello conviene tener en cuenta lo siguiente:
En efecto, la jurisprudencia precisa que, para el personal de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) que labora en jornadas de 24 x 24 horas (esto es 24 horas continuas y descansen posteriormente 24 horas continuas) debe observarse el límite máximo de 48 horas semanales previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 22 y 27 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Entonces, el tiempo que exceda ese límite debe pagarse como tiempo extraordinario.
Sin embargo, este pronunciamiento no se refiere al sector privado ni es aplicable a las relaciones laborales regidas por el apartado A del artículo 123 constitucional (es decir, a las personas físicas o morales privadas que actúan como patrones), sino que, dicha jurisprudencia versa exclusivamente sobre el marco normativo aplicable al apartado B, que regula las relaciones laborales de las y los trabajadores al servicio del Estado (Burócratas).
Por ello, aunque esta jurisprudencia es obligatoria para las autoridades competentes en el ámbito del apartado B, no resulta jurídicamente aplicable a las relaciones laborales del apartado A (sector privado). Aunado a ello, es relevante tener presente este criterio como referencia interpretativa, especialmente en cuanto a que, independientemente de la forma en que se estructure la jornada, el tiempo extraordinario empieza a contarse después de las 48 horas semanales si se cae en este supuesto.
Sin duda, esto será un tema de que hablar en estos días, y más cuando viene en camino la inminente reducción de la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales como máximo.