Estados Unidos Anuncia la Resolución Exitosa del Asunto del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Vidrio Decorativo Occidental, S.A. de C.V.

WASHINGTON – Estados Unidos anunció hoy la resolución exitosa del asunto del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (RRM, por sus siglas en inglés) del USMCA en las instalaciones de Vidrio Decorativo Occidental, S.A. de C.V. (VDO), en Matamoros, Tamaulipas, México, que se especializa en la fabricación de insertos de vidrio para marcos de puertas, puertas con vidrio aislante y persianas para ventanas. Este asunto se puso en conocimiento del gobierno de Estados Unidos a través de una petición. Después de que Estados Unidos solicitara al Gobierno de México la revisión del asunto, México y la empresa tomaron varias medidas para remediar las denegaciones de derechos identificadas por Estados Unidos, incluido el pago de las bonificaciones adeudadas y los ajustes salariales retroactivos, ofertas para recontratar a los trabajadores y medidas para abordar la interferencia del empleador en los asuntos sindicales.

«Nuestra Administración ha puesto el RRM en primer plano como herramienta comercial para influir positivamente en la vida de miles de trabajadores y exigir responsabilidades a las empresas que se benefician de la explotación. Este es otro ejemplo de cómo nuestro enfoque del comercio centrado en los trabajadores está impulsando una carrera hacia la cima para los trabajadores de todo el mundo», declaró la Embajadora Katherine Tai. «Elogiamos al Gobierno de México y a la empresa por su rápida actuación para remediar las violaciones de los derechos laborales que se produjeron en estas instalaciones. Con la resolución satisfactoria de este caso, el RRM ya ha beneficiado directamente a más de 43.000 trabajadores.»

«Apreciamos la colaboración entre el gobierno mexicano y Vidrio Decorativo Occidental para salvaguardar la libertad sindical», declaró la Subsecretaria Adjunta de Asuntos Internacionales, Thea Lee. «La empresa se ha comprometido a dar un trato justo proporcionando las primas adeudadas a los trabajadores y recontratando a los trabajadores que fueron despedidos tras apoyar a un sindicato de su elección».

Entre las medidas adoptadas por la empresa para abordar el asunto figuran las siguientes

  • Pagar los atrasos a un trabajador que había sido readmitido y comprometerse por escrito a readmitir y pagar primas equivalentes al 100% de los atrasos adeudados a dos trabajadores que habían firmado acuerdos de conciliación y aceptado indemnizaciones por despido;
  • Suprimir los expedientes disciplinarios de setenta y dos trabajadores que sufrieron represalias directas por parte de la empresa;
  • Pago de primas a treinta y seis trabajadores y aumento salarial retroactivo del 8% anual a treinta y tres trabajadores que no las habían recibido;
  • Retirar una denuncia penal presentada contra seis trabajadores y dos representantes de SNITIS ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tamaulipas;
  • Adoptar, difundir y aplicar una declaración de neutralidad y directrices de la empresa sobre la libertad de asociación y la negociación colectiva, incluida una política de tolerancia cero para las violaciones, y formar a todo el personal de la empresa sobre las directrices y los compromisos de neutralidad; y
  • Proporcionar un mecanismo de denuncia para que los trabajadores puedan informar de forma anónima de cualquier violación de sus derechos e incumplimiento de las directrices de la empresa sobre libertad de asociación y negociación colectiva.

Entre las acciones emprendidas por el gobierno de México para abordar este asunto se incluyen:

  • Impartir formación presencial a todo el personal de la empresa sobre libertad de asociación y negociación colectiva;
  • Ofrecer una dirección de correo electrónico para que los trabajadores puedan denunciar de forma anónima cualquier intimidación, coacción, amenaza con respecto a su elección de sindicato y actividades sindicales, falta de neutralidad o injerencia en los asuntos sindicales internos; y
  • Organizar y facilitar una reunión de diálogo para restablecer la comunicación entre VDO y el sindicato peticionario, y comprometerse a continuar las reuniones de diálogo de forma continuada.

Basándose en estas medidas, el Embajador Tai ha ordenado al Secretario del Tesoro que reanude la liquidación de las entradas de mercancías no liquidadas de la instalación.

Antecedentes

El Representante de Comercio de los Estados Unidos y el Secretario de Trabajo copresiden el Comité Laboral Interinstitucional de Vigilancia y Cumplimiento (ILC). El 10 de octubre de 2024, la CIT recibió una petición RRM del Sindicato Nacional Independiente de Trabajadores de Industrias y de Servicios «Movimiento 20/32» (SNITIS), United Steelworkers (USW) y Rethink Trade. La petición alegaba que VDO estaba violando el derecho de los trabajadores a la libertad de asociación y a la negociación colectiva al interferir en la actividad sindical de los trabajadores, tomar represalias contra los trabajadores debido a su afiliación sindical, promover la afiliación a un sindicato dominado por la empresa y negarse a negociar con SNITIS. La ILC revisa las peticiones de RRM que recibe, así como la información que las acompaña, en un plazo de 30 días. La CIT determinó que existían pruebas suficientes y creíbles de una denegación de derechos que permitían invocar de buena fe los mecanismos de aplicación.

En consecuencia, el Representante Comercial de Estados Unidos presentó una solicitud a México para que revisara el asunto. El Gobierno de México aceptó la solicitud, constató la denegación de derechos relacionados con la libertad de asociación y la negociación colectiva, y colaboró con la instalación para adoptar una serie de medidas correctoras dentro de su periodo de revisión, que Estados Unidos ha revisado y concluido que han remediado la situación.

Fotos: El Economista, Vidrio Decorativo Occidental

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