Los contratos de trabajo a plazo fijo son una característica común de los mercados de trabajo modernos, que ofrecen flexibilidad tanto para los empleadores como para los empleados. Sin embargo, la medida en que se pueden utilizar dichos contratos y las protecciones concedidas a los trabajadores de plazo fijo varían considerablemente entre los distintos sistemas jurídicos.
En este artículo, nuestros colegas Monika Aniszewska (Zawirska Ruszczyk) de Polonia y Rodrigo Morán Díaz (Sales Boyoli) de México examinan cómo las leyes laborales nacionales de ambos países regulan la duración, renovación y terminación de los contratos de trabajo de plazo fijo.

¿Existe algún límite legal sobre la duración máxima o el número de renovaciones de contratos a plazo fijo?
Polonia
En Polonia, el Código del Trabajo establece límites claros para evitar que los empresarios utilicen excesivamente los contratos de duración determinada en lugar de ofrecer un empleo permanente. De conformidad con el artículo 25 1 del Código de Trabajo polaco, los contratos de duración determinada entre las mismas partes no pueden durar más de 33 meses en total y no se pueden celebrar más de tres contratos de este tipo. Obsérvese que el contrato de trabajo en período de prueba es un tipo separado de acuerdo de empleo. Puede durar hasta tres meses y no se tiene en cuenta para los límites de los contratos a plazo fijo descritos anteriormente.
Si las partes acuerdan, durante la vigencia de un contrato de duración determinada, prorrogar el empleo más allá de la fecha original de finalización, dicha prórroga se considerará jurídicamente como un nuevo contrato de duración determinada. Por lo tanto, también cuenta para el límite de 3 meses y 33 meses. Si se superan estos límites, ya sea por duración o mediante la firma de un cuarto contrato, el empleo pasa automáticamente a ser indefinido.
México
La Ley Federal del Trabajo en México, a través del artículo 39, establece que si un contrato de trabajo de plazo fijo expira pero el trabajo o actividad que lo originó aún existe, la relación laboral continuará mientras subsista ese trabajo.
Más allá de eso, la ley no establece ningún límite legal sobre la duración máxima o el número de renovaciones de contratos a plazo fijo.
Sin embargo, el uso indiscriminado o la renovación constante de tales contratos podría ser fácilmente declarado nulo por un tribunal laboral. Además, el párrafo segundo del artículo 685 de la misma ley establece el Principio de Realidad en Materia Laboral, que requiere que las autoridades den prioridad a los hechos reales que rigen la relación laboral sobre cualquier documento o acuerdo formal que pueda haber sido ejecutado.
Este sería el principio rector. En este sentido, la antigüedad del trabajador podría ser reconocida por un tribunal laboral desde el momento en que comenzara efectivamente a prestar servicios a la empresa.
Fotos: Agency Leads, Freepik