Mientras Francia elevó en julio el sueño a prioridad de salud pública con una hoja de ruta interministerial 2025–2026, México convive con cifras altas de insomnio y sueño insuficiente, pero con avances sobre todo en el terreno laboral-regulatorio (teletrabajo, desconexión y fatiga en transporte).
Los datos más recientes (qué sí sabemos hoy)
- Horas de sueño: la actividad a la que más tiempo dedican los mexicanos es dormir: 52.8 horas por semana (≈ 7.5 h/día) según la ENUT 2019; mujeres 53.2 h y hombres 52.3 h. Es la última medición oficial disponible de uso del tiempo difundida por INEGI.
- Trastornos del sueño en adultos: la última estimación representativa nacional sigue siendo la Ensanut-MC 2016 (publicada en 2018): insomnio 18.8%, <7 h de sueño 28.4% y alto riesgo de apnea obstructiva 27.3%. Aunque no es “nueva”, continúa siendo el piso estadístico nacional.
- Cuidadores y sueño: la ENASIC 2022/23 de INEGI mostró impacto directo del cuidado en el descanso: 31.7% de mujeres cuidadoras reportaron disminución de horas de sueño. Esto incide en su desempeño y riesgo psicosocial.
- Riesgo de accidentes por dormir mal: meta-análisis internacional (27 estudios, 268,332 trabajadores) calculó 62% más riesgo de lesión laboral en personas con problemas de sueño y ≈13% de accidentes atribuibles al mal dormir. La evidencia es robusta y útil para peritajes.
El ángulo laboral (qué cambia para empresas y trabajadores)
- Derecho a desconexión (teletrabajo)
Desde 2021, la LFT reconoce la desconexión digital para teletrabajo (art. 330-E/VI). La NOM-037-STPS-2023 —en vigor desde el 5 de diciembre de 2023— obliga a políticas de seguridad y salud en casa, listas de verificación y pausas, y refuerza la desconexión al término de la jornada. Incumplimientos pueden derivar en sanciones. - Riesgos psicosociales
La NOM-035-STPS-2018 reconoce que los factores de riesgo psicosocial pueden provocar trastornos no orgánicos del ciclo sueño-vigilia. Es decir, dormir mal puede ser síntoma (y evidencia) de exposición nociva en el trabajo. - Fatiga en transporte
Para conductores de autotransporte federal rigen tiempos máximos de conducción y pausas (NOM-087-SCT-2-2017). Ejemplos: descanso de 8 h tras hasta 14 h de conducción en carga; reglas específicas para pasaje/turismo. Su incumplimiento expone a empresas y operadores. - Jornadas, pausas y descanso semanal
La LFT marca límites: 8 h diurna / 7 h nocturna / 7.5 h mixta, descanso de al menos 30 min en jornada continua (criterio clásico) y 1 día de descanso por cada 6 trabajados. Todo esto es relevante para prevenir fatiga. - Accidentes de trabajo y de trayecto
La ley reconoce el accidente de trayecto como riesgo de trabajo; hay obligación patronal de avisar accidentes (SIAAT) y responsabilidades en seguridad y salud. La fatiga y la somnolencia pueden ser un factor contribuyente en investigaciones de siniestros.
Consecuencias legales de “quedarse dormido”
- La LFT no enumera “dormirse” como causal autónoma; sin embargo, sí prevé rescisión cuando hay negligencia grave que cause daños (art. 47 fracc. VI) o cuando, por imprudencia o descuido inexcusable, se compromete la seguridad del centro de trabajo (fracc. VII). En puestos sensibles (operar maquinaria, conducir, salud, vigilancia), documentar somnolencia y protocolos omitidos sí puede sostener una rescisión justificada. Cada caso requiere prueba y debido proceso.
- En contraste, si el patrón no gestiona riesgos (turnos extensos, no respeta descansos, presiona fuera de horario, omite NOM-035/037 o NOM-087), puede abrirse frente patronal por riesgos de trabajo, sanciones administrativas y litigios.
Qué están haciendo otros
Francia lanzó en 2025 un plan nacional de 25 medidas para mejorar el sueño (escuela, trabajo, ruido, sanidad). El enfoque gubernamental explícito sobre sueño y productividad/seguridad puede servir de referencia a México para coordinar salud + trabajo (NOM-035/037 + movilidad/ruido), una ruta que hoy está fragmentada.
Checklist práctico para empresas (cumplimiento y evidencias)
- Teletrabajo: política de desconexión, pausas y evaluación de puesto (NOM-037); listas de verificación firmadas y actualizadas.
- Psicosocial: aplicar guías de NOM-035; incluir ítems de sueño (insomnio/somnolencia) en cuestionarios y en canal de quejas.
- Turnos: respetar límites de la LFT y documentar pausas; rotación de nocturnos y cool-down entre turnos.
- Transporte: bitácoras NOM-087 y monitoreo HOS; descansos efectivos y capacitación sobre somnolencia.
- Investigación de accidentes: consignar sueño/horas previas, turnos y comunicaciones fuera de horario; esto importa para IMSS/PRIMA de riesgo y defensas legales.
Fotos: Sol de México, Infobae