
HONORABLE ASAMBLEA
A las Comisiones Unidas de Reordenamiento Urbano y Vivienda; y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores de la LXVI Legislatura, les fue turnada para su estudio y la elaboración la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vivienda con orientación social, presentada por la titular del Ejecutivo Federal, Dra. Claudia Sheinbaum Pardo.
Para ello, los integrantes de estas Comisiones Unidas procedimos al estudio y análisis del proyecto materia del presente dictamen, y valoramos a detalle la exposición de motivos y los fundamentos que sustentan la iniciativa de reforma en comento, con el fin de emitir el correspondiente dictamen.
Objeto de la Iniciativa
La Iniciativa presentada por la titular del Ejecutivo Federal, Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, nace de la obligación establecida por el Poder Constituyente Permanente en el Segundo transitorio de la reforma constitucional que dispone que el Congreso de la Unión tendrá un plazo de 180 días naturales para realizar las adecuaciones que resulten necesarias, por lo que se modifican e incorporan disposiciones tanto a la Ley del Instituto Nacional de Vivienda para los Trabajadores como a la Ley Federal del Trabajo para:
a) Establecer las bases para el desarrollo del lnfonavit como constructor de vivienda en beneficio de las personas trabajadoras. Las facultades para que el INFONAVIT participe, a la par y en coordinación con actores públicos, privados y sociales en la construcción de vivienda, permitirá el aceleramiento ordenado de la transformación de espacios para desarrollo de vivienda adecuada, en beneficio de millones de personas, facilitará que la construcción sea pilar fundamental.en los planes de desarrollo urbano y territorial de las distintas regiones y ciudades del país, para cuidar que los desarrollos y viviendas cumplan con características de vivienda adecuada en beneficio de los derechohabientes;
b) Regular la figura del arrendamiento social incorporada tras la reforma constitucional; a efecto de invertir sus recursos en la construcción de vivienda para que la persona trabajadora pueda adquirirla, dejando a la ley fijar las reglas y procedimientos para tales efectos, señalando que la mensualidad de cada renta no podrá exceder del 30% del salario de las personas trabajadoras;
c) Ampliar los beneficios previstos para la. derechohabiencia y personas acreditadas. En aras de garantizar competitividad y la participación de todos los interesados, se establece un sistema de promoción abierto de los proyectos para construcción y autoproducción de vivienda, para lo cual los interesados en proyectos que prevean la construcción de más de una vivienda podrán presentarlos a la Dirección General del Instituto, que los evaluará conforme a las reglas de otorgamiento que sean aprobada por el Consejo de Administración, las cuales deberán considerar por lo menos la calidad técnica, financiera y jurídica del promovente o conjunto de promoventes, así cómo el impacto social del proyecto;
d) Fortalecimiento del lnfonavit y su operación, así como de la gobernanza institucional.- Como parte del cambio al esquema regulatorio y de supervisión del lnfonavit, así como la necesidad de fortalecer la toma de decisiones a su interior, se reformula la integración tripartita de la Asamblea General y el Consejo de Administración para reducir el número de integrantes y manteniendo la representación paritaria, y de la Comisión de Vigilancia, del Comité de Auditoría, así como del Comité de Transparencia para fortalecer la representación del Gobierno de México en la toma de decisiones.
Fotos: Imagen de Veracruz, Bolsillo Abierto