Estados Unidos solicita panel de solución de controversias del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida USMCA en instalación minera Camino Rojo

WASHINGTON – La Representante Comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, anunció hoy que Estados Unidos ha solicitado por tercera vez un panel del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (RRM, por sus siglas en inglés) en el marco del Acuerdo México-Estados Unidos-Canadá (USMCA, por sus siglas en inglés). El panel se refiere a un conflicto laboral en una instalación operada por Minera Camino Rojo, S.A. de C.V. en el municipio de Mazapil en el estado de Zacatecas.

El anuncio de hoy sigue a una solicitud de revisión que Estados Unidos envió a México el 29 de agosto de 2024 en la que pedía a México que revisara si a los trabajadores de la instalación, especializada en la extracción y producción de oro y plata, se les está negando el derecho a la libertad de asociación y a la negociación colectiva.

En al menos 22 casos hasta la fecha, Estados Unidos y México han podido cooperar para abordar con éxito las violaciones de los derechos laborales en las instalaciones mexicanas en cuestión. En este asunto no se alcanzó una resolución acordada, por lo que Estados Unidos ha determinado que es apropiado solicitar un panel para verificar el cumplimiento de las leyes laborales mexicanas por parte de la instalación.

«La solicitud de hoy de un panel es otro claro ejemplo del profundo compromiso de la Administración Biden-Harris con la capacitación de los trabajadores y la protección de sus derechos y su dignidad», declaró la Embajadora Katherine Tai. «Todos los trabajadores merecen la libertad de organizarse, afiliarse a un sindicato y defender lo que es justo, sin miedo ni intimidación. Así es como estamos haciendo realidad esa promesa e igualando las condiciones para los trabajadores aquí en casa. Nos comprometemos a trabajar en colaboración con el Gobierno de México para abordar estos retos actuales y lograr una resolución justa.»

«Esta solicitud de panel refleja nuestro compromiso de utilizar las herramientas comerciales del Acuerdo México-Estados Unidos-Canadá para proteger el derecho de los trabajadores a ser representados por un sindicato de su propia elección, en un ambiente libre de violencia o coerción», dijo la Subsecretaria Adjunta para Asuntos Laborales Internacionales, Thea Lee. «Para hacer realidad este compromiso, hemos trabajado en colaboración con el gobierno de México para hacer frente a la violencia allí donde los trabajadores buscaban una representación real. Los trabajadores de la mina Camino Rojo no merecen menos».

Antecedentes

El Representante de Comercio de los Estados Unidos y el Secretario de Trabajo copresiden el Comité Laboral Interinstitucional para la Supervisión y el Cumplimiento (ILC, por sus siglas en inglés). El 24 de junio de 2024, la CIT recibió una petición RRM del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (Mineros) en la que se alegaba una denegación de derechos en Minera Camino Rojo, S.A. de C.V. (la Instalación), una mina propiedad de Orla Mining, Ltd., con sede en Canadá, que produce oro y plata en el municipio de Mazapil, en el estado de Zacatecas. La petición alegaba que la mina Camino Rojo interfirió en los asuntos sindicales de la instalación al menospreciar y socavar la fuerza del apoyo de los trabajadores al sindicato titular, Mineros, y promover la afiliación de los trabajadores a un sindicato externo, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Exploración, Explotación y Beneficio de Minas en la República Mexicana (un sindicato afiliado a la Federación Nacional de Sindicatos Independientes, o FNSI). La CIT revisa las peticiones de RRM que recibe, así como la información que las acompaña, en un plazo de 30 días.

La CIT, en respuesta a la petición, determinó que existían pruebas suficientes y creíbles de una denegación de derechos que permitían invocar de buena fe los mecanismos de aplicación. Como resultado, el Representante Comercial de Estados Unidos presentó una solicitud a México para que éste revisara si se estaba negando a los trabajadores de Camino Rojo el derecho a la libertad de asociación y a la negociación colectiva. México disponía de 10 días para decidir si aceptaba la solicitud de revisión de Estados Unidos y, una vez aceptada, de 45 días para completar la revisión.

Al concluir su periodo de revisión de 45 días, México emitió un informe con un hallazgo limitado de una Denegación de Derechos en la Instalación. Estados Unidos ha mantenido consultas de buena fe con México, pero no ha podido llegar a un acuerdo sobre las medidas correctoras. Estados Unidos considera que la denegación de derechos continúa y, por lo tanto, solicita la creación de un panel del RRM para revisar la situación.

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