María del Pilar Martínez
La denuncia, ingresada el 12 de octubre, argumenta que la planta automotriz, en la que hay cerca de 700 trabajadores dedicados a la fabricación de componentes de suspensión, ha negado sistemáticamente los derechos de libre asociación y negociación colectiva, con el apoyo del sindicato titular del contrato colectivo.
La Liga Sindical Obrera Mexicana (LSOM), el sindicato Internacional United Steelworkers (USW) y la International Lawyers Assisting Workers Network (ILAW Network), presentaron una queja formal ante el Departamento de Trabajo de Estados Unidos para solicitar la activación del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), por presuntas violaciones a la libertad sindical en la empresa Thyssenkrupp Springs & Stabilizers de México, ubicada en San Luis Potosí.
La denuncia, ingresada el 12 de octubre, argumenta que la planta automotriz, en la que hay cerca de 700 trabajadores dedicados a la fabricación de componentes de suspensión, ha negado sistemáticamente los derechos de libre asociación y negociación colectiva, con el apoyo del sindicato titular del contrato colectivo.
De acuerdo con la queja, los trabajadores Rogelio Villanueva Martínez y Verónica Isabel Martínez Rangel fueron despedidos de manera injustificada tras promover la organización de un nuevo sindicato independiente dentro de la empresa; además, denunciaron actos de hostigamiento y vigilancia, así como la firma forzada de acuerdos en los que los empleados se comprometen a no afiliarse a otras organizaciones sindicales.
“La empresa y el sindicato titular mantienen una práctica sistemática de represión sindical contraria al espíritu del T-MEC y a la legislación laboral mexicana”, señalan las organizaciones en el documento presentado a las autoridades laborales de Estados Unidos.
El Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR), previsto en el Anexo 31-A del T-MEC, permite que los gobiernos de México, Estados Unidos o Canadá investiguen casos de denegación de derechos sindicales o de negociación colectiva en centros de trabajo específicos, con la posibilidad de imponer sanciones comerciales o aduaneras si se comprueban violaciones.
Fotos: Thyssenkrupp, LSOM